Consumir alcohol en la vía pública puede acarrear sanciones legales, incluyendo multas.

En Guayaquil, consumir alcohol en la vía pública puede acarrear sanciones legales, incluyendo multas. Estas multas pueden variar dependiendo de la ordenanza municipal y de la gravedad de la infracción. Por ejemplo, algunas ordenanzas establecen multas del 20% al 50% de un Salario Básico Unificado.

Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas, incluso aquellas denominadas bebidas de moderación, en la vía pública o espacio público, aún dentro de vehículos. Esta prohibición abarca aceras, calles, veredas, portales, estacionamientos y, en general, todos los espacios públicos, salvo los debidamente autorizados.

Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas y de moderación en establecimientos públicos y eventos de concurrencia masiva, excepto aquellos locales comerciales, como hoteles, restaurantes y salones de eventos autorizados.

En el artículo 13 se establecen sanciones por incumplimiento de la ordenanza, que van desde el 20 % de un salario básico unificado (SBU) hasta cinco SBU, dependiendo de la gravedad y la incidencia que podría tener el incumplimiento en la propagación del virus de la pandemia.

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En caso de reincidencia, la sanción será el doble de la primera. En el caso de locales, al tercer incumplimiento se sancionará con la clausura definitiva del local y el proceso de anulación de los permisos municipales.

El artículo 14 explica que corresponde a los comisarios municipales la vigilancia del correcto cumplimiento de la ordenanza. Ellos harán un informe para proceder a la sanción. La autoridad municipal trabajará de forma coordinada con la Policía Nacional.